En Contadores y Abogados te damos a conocer las actualizaciones de los importes previstos en el Código de Comercio.
- 1067 Bis, Fracc. II: 7, 124.55 pesos, multa impuesta por juez como medida de apremio para que haga cumplir sus determinaciones.
- 1235, Fracc. VI: 3, 562.28 pesos, sanción aplicable a los peritos omisos en presentar su escrito de aceptación y protesta del cargo o el dictamen pericial en el término concebido por el juez.
- 1339: 593,712.73 pesos, cuantía de la suerte principal de las resoluciones que serán irrecurribles, es decir, que se pueden seguir en una segunda instancia.
- 1340: 593, 712.73 pesos, monto en el cual no será procedente la apelación en juicios mercantiles ventilados en los juzgados de paz o de cuantía menor.
- 1390 Bis 33: 2,374.85 a 5,937.13 pesos, sanciones para cualquiera de las partes que no asista a la audiencia preliminar sin una causa justificada.
En Contadores y Abogados te mantenemos al día con las actualizaciones que se dan en materia legal, mercantil, penal y fiscal.